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Auxilio otorgado al asociado para cubrir los gastos propios o de un miembro de su grupo familiar primario que dependa económicamente de este, generados por el pago de los servicios médicos que cobra la EPS por este concepto.
El asociado o un miembro de su grupo familiar primario
El auxilio equivale al valor del copago, hasta media parte (1/2) del SMMLV.
El auxilio equivale al valor del copago, hasta una cuarta parte (1/4) del SMMLV.