¿Qué es?

Auxilio otorgado al asociado para cubrir los gastos propios o de un miembro de su grupo familiar primario que dependa económicamente de este, generados por el costo de medicamentos, suplementos vitamínicos, medicamentos capilares por enfermedad como alopecia o implementos médicos como cabestrillos, medias de compresión, máscara de oxígeno, botas ortopédicas o insumos para lavado de heridas, entre otros recerados que no cubre el PBS (Plan de Beneficios en Salud) o por negligencia médica, estos no sean entregados.

 

Beneficiario

El asociado o un miembro de su grupo familiar primario.

 

Requisitos

  1. Tener una antigüedad mínima de 6 meses como asociado.  
  2. No haber recibido este auxilio en el último año, contado a partir de la fecha en que recibió el mismo beneficio.
  3. Solicitud de auxilio.
  4. Copia de la fórmula médica por médico de la EPS (NO PARTICULAR) con fecha de formulación menor a treinta (30) días en el caso de los medicamentos. Para el caso de imprementos médicos, se debe soportar con recomendaciones o historia clínica.
  5. Cotización de los medicamentos o implementos médicos, o factura de compra sin que exceda los 30 días después de la compra.
  6. Cuando el auxilio sea para un beneficiario del grupo familiar se debe adjuntar copia del certificado de parentesco (registro civil, partida de matrimonio o certificado de convivencia según el caso).
  7. Otros soportes que considere adicionar o que sean solicitados por parte de Femfuturo, para sustentar la ocurrencia del evento.

 

Monto

El auxilio equivale al valor de los medicamentos hasta por 1/10 parte del SMMLV.  

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